Octubre de 2010
Oficina de Política de Discapacidad
Servicio de Exámenes Educativos
Princeton, NJ 08541
Para personas sordas o con discapacidad auditiva, ciertas adaptaciones pueden aprobarse en base a la Parte III (la Certificación de Elegibilidad, o COE) del formulario de solicitud de adaptaciones, sin otra documentación. Estas son: 50 por ciento de tiempo extendido (tiempo y medio); descansos adicionales; y/o un intérprete de lengua de signos u oral solo para instrucciones habladas. Estas son las únicas adaptaciones que pueden aprobarse en base a un COE.
Si solicitas adaptaciones distintas a las mencionadas arriba, o si no puedes usar el COE por otro motivo:
- Por favor, envíe una copia de su audiograma o informe audiométrico más reciente. Tenga en cuenta que el requisito de vigencia para la documentación no se aplica a "discapacidades físicas o sensoriales de naturaleza permanente o invariable", que generalmente incluye la pérdida auditiva. (Consulte el Boletín Suplementario para Examinados con Discapacidades o Necesidades Médicas)
- En la Parte I, por favor, asegúrate de responder a la pregunta: "¿Cuándo se diagnosticó tu discapacidad por primera vez?" Si no conoces esta fecha, por favor escribe unas frases sobre cuándo y cómo tú, tu familia u otros se dieron cuenta por primera vez de que eras sordo o con pérdida auditiva.
- Si solicitas adaptaciones distintas a la doble jornada (100 % tiempo extendido) o las que aparecen en el COE, por favor explica el motivo de la solicitud y cómo está relacionada con tu discapacidad auditiva.
- Puede llevar audífonos o implantes cocleares el día de la prueba sin la aprobación de las adaptaciones, pero los dispositivos de asistencia auditiva (ALDs; infrarrojos, de lazo, FM, etc.) requieren revisión y aprobación de ETS antes de la prueba. Si solicita usar un ALD, por favor especifique exactamente qué tipo de dispositivo desea utilizar y cómo es necesario en el entorno de la prueba.